Ya hemos comentado en el blog los trámites necesarios para celebrar un matrimonio civil, pero si te vas a casar por la iglesia, aquí tienes la documentación que necesitarás para obtener el certificado de matrimonio:
- Acta de nacimiento. Puedes solicitarlo de forma gratuita al estado civil del lugar de nacimiento o también a través de la página del Ministerio de Justicia.
- Acta de bautismo. Debe solicitarlo en la iglesia donde fue bautizado y tiene una validez de 6 meses. En el caso de que vuestras parroquias pertenezcan a una diócesis distinta de la parroquia en la que deseáis casaros, tendréis que legalizar el acta de bautismo en el obispado correspondiente.
- DNI o permiso de residencia de los dos miembros de la pareja. Deberá presentar el original y una fotocopia.
- Certificado de estado civil. Para los españoles es suficiente el certificado de vida y estado expedido por el estado civil donde se encuentra empadronado. Las personas de otra nacionalidad deben informarse sobre el certificado necesario. El sacerdote que examina el expediente puede prescindir de este documento si no lo considera necesario.
- Certificado de haber realizado el curso prenupcial.
- Distribuir. Sólo en el caso de que existan impedimentos previstos por el Derecho Canónico, por ejemplo, para dos personas que se ocupen de cultos diferentes.
¿Cuánto cuesta un certificado de bautismo?
Depende de cada iglesia, ya que en algunas es completamente gratis y en otras te cobran los trámites, el coste aproximado ronda los 10€. Consulta con la iglesia antes de ir porque el pago siempre se hará en efectivo.
La validez de la partida de bautizo es de 6 meses, así que calcula bien el plazo para no tenerla demasiado pronto, lo importante es que el día de la boda esté en vigor, así que puedes solicitarla 4-5 meses antes de la boda.
¿Quién puede casarse?
Como ya hemos dicho, ambos matrimonios comparten una base legal y contienen los mismos requisitos, determinados por el Código Civil, que son ineludibles para todos, sin embargo, el rito religioso puede incluir compromisos y documentos adicionales no relacionados con el derecho civil. estado. Derecho y por tanto, que sólo afecta a quienes profesan la religión de que se trate.
En primer lugar, conviene saber que, en el ámbito civil, los cónyuges pueden ser solteros, divorciados o viudos, mientras que en el rito religioso sólo se aceptan cónyuges solteros o viudos, pero no divorciados.
CASO 2 – Pasos para casarse por la iglesia si ya ha estado casado por lo civil
- En caso de que ya haya estado casado por lo civil anteriormente, también tendrá que abrir expediente, pero en este caso NO será necesario presentar el certificado único. Si te casaste en España, solo necesitas traer el libro de familia con el resto de la documentación indicada anteriormente.
- Si te casaste fuera de España, lo mejor es que solicites la validación del matrimonio al registro civil para que te expidan el libro de familia español. Si no desea registrar el matrimonio civil en España, solo tiene que traer el certificado de matrimonio emitido en el país donde se casó. Y recuerda que si está en un idioma diferente al español, también debe estar traducido y debe llevar la legalización de la apostilla de La Haya en cualquier caso.
- En el caso de que uno de los dos, o ambos, ya hayan estado casados, en lugar del certificado de soltería, deberá incluir, además de lo indicado a continuación:
Inicio de expediente:
Los trámites para el matrimonio civil deben realizarse siempre en el registro civil del municipio en el que uno o los dos futuros cónyuges tengan su domicilio o tengan su residencia habitual.
Si viven en diferentes ciudades, pueden elegir la que más les convenga.