¿CUANTOS DIAS ANTES O DESPUES SE PUEDE SELLAR EL PARO?
La solicitud de empleo no se puede sellar antes ni después de las fechas establecidas en la DARD, el paro sólo se puede sellar durante las 24 horas del día establecidas en la solicitud de empleo por internet en línea a través de la sede electrónica de cada Comunidad Autónoma o solicitando CITA PREVIA en la secretaría del SEPE para renovar personalmente la solicitud de empleo.
Si te olvidas de sellar el paro, que es un delito en materia de paro, si es por unos días, mejor que vayas a la oficina de empleo a denunciarlo para evitar que te sancionen si es que todavía no lo han hecho, si ya has recibido la carta del SEPE informándote de la suspensión del paro por no sellar el paro, hay que comprobar cada carta de forma específica pero la consecuencia, normalmente, es volver a darte de alta como demandante de empleo y volver a solicitar prestaciones por desempleo.
¿Por qué es necesario tener el certificado de la Unión Europea?
Es importante conseguirlo porque en cuanto lo consigas empezará a contar el tiempo de estancia para otros trámites que puedan ser de tu interés en el futuro. Por ejemplo, para obtener la nacionalidad española.
Suele ser de 5 años o permanente según el Real Decreto 240/2017, de 16 de febrero, sobre la entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
¿Qué es el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea?
Es el documento que acredita la inscripción en el registro central de extranjeros de ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que van a residir en España por un período de más de tres meses.
¿Quiénes son los stakeholders? Ciudadanos de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de la Confederación Suiza. Vida útil: 5 años. (Art. 7 Real Decreto 240/2007) – Permanente (Art. 10 Real Decreto 240/2007)
¿Qué documentos debo presentar?
• Modelo Oficial de Formulario de Solicitud (EX-18) .
• Pasaporte o documento nacional de identidad en vigor. Si caduca, se debe aportar una copia del mismo y la solicitud de renovación.