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Tengo dudas, ya que me hice pareja de hecho en Pontevedra en 2011 y en el propio certificado consta que el régimen económico es de propiedad de la comunidad. Por voluntad unilateral de uno de los miembros de la pareja, debidamente notificada al otro. Por matrimonio entre los miembros de la pareja o de uno de sus miembros con un tercero. No obstante, en principio, esta equiparación no se realiza a efectos fiscales, por lo que no se beneficiarán de las mismas bonificaciones o exenciones que un matrimonio.
A su vez, se estima que la duración de las relaciones sentimentales es de cuatro años en promedio; aunque puede durar toda la vida, si el afecto va acompañado de una decisión voluntaria.
Lugar de tratamiento en A Coruña
Está inscrito en el registro general de la sede territorial del Ministerio de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia en A Coruña:
Permisos de trabajo retribuidos
Los convivientes (pareja de hecho) se benefician de los mismos permisos de trabajo que los cónyuges (pareja casada).
- Licencia de paternidad o maternidad.
- Baja por enfermedad grave o muerte de pareja.
- Permiso posterior al matrimonio o registro de pareja de hecho.
¿Es necesario que ambos estemos presentes para realizar los trámites de inscripción en el Registro, o se puede hacer por medios electrónicos?
La Ley de Parejas de Hecho establece que “Con carácter general, la declaración de la voluntad de constituir una pareja de hecho puede hacerse mediante la comparecencia personal de los interesados ante el titular del órgano encargado del registro correspondiente. , o ante el alcalde, el concejal o el funcionario en quien delegue…». Asimismo, la declaración de la voluntad de formar pareja de hecho podrá hacerse por expedición de documento público o por cualquier otro medio de prueba admitido por la ley.
Por tanto, en ambos casos es necesaria la comparecencia personal de los interesados para realizar dicho trámite, con lo que no está previsto el medio electrónico.