Civil Certificado de fe de vida y estado civil

El Ministerio de Justicia (Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública) acaba de publicar la Circular de 24 de junio de 2022 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública relativa al objeto y uso de la vida fe o vida y certificado de fe del estado.

Destacamos:

Certificado de Vida y Estado Civil en España 2020

  • Presencialmente, ante el encargado del estado civil del domicilio, y por delegación, ante el juez de paz del domicilio del sujeto a quien se refiere.
  • En la medida de lo posible, el propio sujeto se declarará sobre su identidad o su estado.
  • Dada la especificidad de este procedimiento, el interesado deberá presentarse personalmente al estado civil de su domicilio, con documento de identidad y, en su caso, el libro de familia. Si el interesado no puede asistir personalmente por motivo de discapacidad, podrá asistir otra persona, aportando en todo caso copia de su documento de identidad, copia del documento de identidad del interesado y certificado médico reciente (certificados médicos de más de generalmente no se aceptarán quince días) u otros documentos que acrediten tal situación.
  • Para acreditar el vínculo matrimonial bastará el certificado de matrimonio, por lo que no se emitirá el «Certificado de Matrimonio».
  • Ley del estado civil de 8 de junio de 1957: artículo 97. Este enlace se abre en una nueva pantalla
  • Reglamento del estado civil (decreto de 14 de noviembre de 1958, por por la que se aprueba el reglamento de la ley del estado civil): artículos 17 a 35, artículos 363 y 364. Este enlace se abrirá en una nueva pantalla
  • Orden de 20 de julio de 1989 sobre determinados modelos de prueba de vida y condicionar y extraer atestaciones textuales de los archivos del Registro.
  • Orden de 19 de octubre de 1989 del Ministerio de Justicia. Expedientes consulares: fecha de entrada en vigor del decreto de 20 de julio de 1989, por el que se aprueban distintos modelos de prueba de vida y estado y extractos de actas, cartas de actas
  • Circular de 16 de noviembre de 1984, de la General Consejo Dirección de los Registros y del Notariado, sobre actos de prueba de vida y estado.
  • De carácter internacional: Convenio sobre el intercambio internacional de información sobre el estado civil, celebrado en Estambul el 4 de septiembre de 1958.

¿Dónde solicitar prueba de vida?

https://bit.ly/2vtboec

Cualquier ciudadano que lo necesite está facultado para solicitar su propio certificado de Fe de Vida. Para ello, es necesario acudir personalmente al estado civil -como es el caso de la mayoría de los trámites relacionados con la persona como miembro de una sociedad civil- que corresponda, según el lugar de residencia. En el caso de que la documentación se solicite por delegación, se deberá acudir al juez de paz del domicilio del sujeto a quien se refiere el certificado.

¿Quién puede aplicar?

Puede ser solicitado por cualquier ciudadano que lo necesite.

Vida

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