Existen varias formas para que la comunidad de propietarios obtenga su certificado digital. Cada uno tiene sus pros y sus contras:
Esta es la ruta más directa, pero la menos viable. En primer lugar, hay que tener en cuenta que el presidente de la comunidad cambia cada año. Aparte de eso, el presidente debe encargarse de todas las notificaciones y solicitudes, por lo que puede ser una carga de trabajo innecesaria. Por no hablar de que tendrás que dedicar una mañana para llegar a tu oficina de la AEAT. Los pasos serían:
¿El administrador de la propiedad puede solicitar el certificado digital de la comunidad de vecinos?
Todo esto lo puede hacer el administrador de la finca en nombre de la comunidad de vecinos si así lo desea.
No siendo el administrador de las fincas representante de la comunidad de propietarios, es necesaria la autorización escrita del presidente para su ejecución.
¿El administrador de fincas puede solicitar el certificado digital de la comunidad de vecinos?
La respuesta es sí, el administrador puede solicitar los certificados de comunidad de propietarios a su nombre. Sin embargo, necesitará una autorización por escrito del presidente de la comunidad porque es el único representante legal de los propietarios. Previamente, los residentes deberán haber aprobado conjuntamente la solicitud de tramitación del certificado digital.
Las comunidades de vecinos no están obligadas a disponer de certificado digital; no obstante, con la entrada en vigor de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común (LPAC) de las Administraciones Públicas, deberán realizar todos los trámites administrativos por medios electrónicos. Así, las entidades sin personalidad jurídica (una comunidad de vecinos, por ejemplo) deberán realizar sus trámites telemáticamente. Por tanto, aunque no existe un requisito expreso para disponer de un certificado digital, no queda más remedio que disponer de él para realizar multitud de trámites habituales dentro de una comunidad.
¿Qué es un apartamento turístico y qué es un alquiler residencial de temporada?
Un apartamento turístico o una casa de uso turístico es un espacio alquilado para residir allí por días.
Existe una modalidad de alquiler vacacional que está excluida del ámbito de aplicación de la ley que regula los apartamentos turísticos, que es el alquiler de temporada, que se recoge en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su artículo 3, y que reza así:
La obligación de respetar una serie de características arquitectónicas
Aunque la legislación está cedida a las comunidades autónomas, actualmente toda la legislación tiene una serie de características comunes que deben ser respetadas en los edificios en los que se ubican los apartamentos turísticos y que son muy restrictivos. Tales como:
- La necesidad de una entrada específica para clientes, un estacionamiento específico para clientes e incluso un ascensor específico para ellos, diferente al de los residentes.
- La necesidad de una serie de adaptaciones en el propio apartamento turístico, como la insonorización, encaminadas a evitar molestias a los residentes.