validez de un certificado de nacimiento

Para cualquier trámite en el que sea necesario presentar documentación adicional, es muy importante tener en cuenta los plazos, no solo de presentación, sino también de validez de los certificados que vamos a presentar. Hoy hablaremos de los plazos de validez y caducidad que debes tener en cuenta a la hora de realizar cualquier tipo de trámite.

  • Certificados emitidos por estado civil. Todos los certificados emitidos por estado civil tienen una validez de 3 meses a partir de la fecha de emisión. En el caso de la partida de nacimiento, si se solicita emitir DNI por primera vez, la caducidad será de 6 meses para dejar espacio y poder realizar el trámite sin problemas.
  • Certificados emitidos por el Ministerio de Justicia. Se trata de certificados como antecedentes penales, últimas voluntades, seguro de defunción o delitos sexuales. Estos certificados tienen una vigencia de 3 meses, sin embargo, algunos de ellos podrían tener otra vigencia determinada por el propio ministerio, por lo que es importante que lo revises para no perder el plazo actual.
  • Apostillas. Todos los documentos mencionados anteriormente pueden ser apostillados, es decir, validados para su uso en el extranjero. Sin embargo, algunas apostillas caducan y otras no, según el documento. Las apostillas con fecha de caducidad son las que se incluyen en documentos con una validez muy concreta, como las mencionadas anteriormente, con una vigencia aproximada de 3 meses. Los que no caducan son los incluidos en documentos que no tienen fecha de caducidad, como un título universitario.

Duración de la validez de los documentos del estado civil

En cuanto a la validez de los documentos, todos los documentos del estado civil tienen una validez de 3 meses. No obstante, si lo que solicitas es una partida de nacimiento para expedir por primera vez un DNI, su caducidad no será de 3 meses, sino de 6.

Todas las partidas anteriores se pueden apostillar, es decir, se pueden estar legalizado para su uso en otro país.

Salvo que la propia partida de nacimiento establezca lo contrario, la validez de dicha partida será de 90 días

Muchos de nuestros visitantes y suscriptores nos preguntan por qué una partida de nacimiento o un certificado tiene fecha de validez, o por qué caduca a los 90 días.

Es un enfoque erróneo pensar que por haber nacido una sola vez, la partida de nacimiento o acta de nacimiento no tiene fecha de caducidad o vigencia.

¿Se aplica el mismo tiempo de espera a una grabación normal?

Gracias a este registro, la persona necesita más tiempo porque el proceso es más lento, a veces hasta años. Tal vez por eso piense que es posible ignorar el período de vencimiento del certificado de nacimiento. No obstante, aunque proceda al registro de la nacionalidad española sin abogado, deberá presentar un documento actualizado.

Luego, a medida que avanza el proceso, los funcionarios le informarán si necesita traer algún documento actualizado específico.

¿Y la apostilla?

Al igual que ocurre con la apostilla, la fecha de validez dependerá del documento que la acompañe. Las apostillas adjuntas a documentos del estado civil o del Ministerio de Justicia caducarán por tanto cuando caduque el documento oficial, mientras que las apostillas adjuntas a documentos académicos, por ejemplo, no tendrán fecha de caducidad.

Aunque nuestro documento no esté vencido, la institución que lo requiere puede no aceptarlo porque no cumple con sus criterios. Esto puede suceder si el documento tiene que cumplir con un plazo muy limitado. Por ejemplo: imaginemos que una Administración nos pide un certificado de vida y estado. Aunque este documento se expide por estado civil y su caducidad es teóricamente de tres meses, en ocasiones las administraciones no lo aceptan si tiene más de 15 días y acaban denegando el trámite. Por lo tanto, es importante prestar atención a estos detalles.

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