Certificado de seguros con cobertura de fallecimiento

Cuando una persona fallece, es recomendable que sus allegados averigüen si disponía de un seguro de vida del que pudiera beneficiarse. El Registro de Contratos de Seguro de Deceso, bajo la supervisión del Ministerio de Justicia, proporciona esta información mediante la emisión del certificado de registro del seguro. Este certificado proporciona información sobre los contratos de seguro vigentes que tenía el fallecido, indicando también la compañía aseguradora. Se refiere exclusivamente a los seguros de vida y accidentes que cubren la eventualidad de la muerte del asegurado. En las escrituras de aceptación y distribución de herencia, los notarios incorporan este certificado con el fin de informar a los herederos de su contenido. Puedes solicitar el certificado tú mismo una vez transcurridos 15 días desde el fallecimiento. La solicitud se realiza a las oficinas territoriales del Ministerio de Justicia, o si se prefiere, por correo ordinario o por vía electrónica a la sede electrónica del Ministerio de Justicia. También podemos solicitarlo por usted si lo desea, en cuyo caso lo recibiremos directamente del notario.

¿Quién puede presentar la solicitud y en qué plazo?

La solicitud debe dirigirse al registro correspondiente del Ministerio de Justicia. El certificado puede ser solicitado por cualquier persona interesada en saber si una persona fallecida tenía contratado un seguro en caso de fallecimiento y la compañía aseguradora con la que lo había contratado.

Por lo tanto, no es necesario acreditar parentesco o parentesco con el causante, aunque sí es necesario cumplir con todos los requisitos de este procedimiento, lo que significa cumplir con el proceso administrativo.

¿Qué es el certificado de seguro de vida?

El certificado de seguro de vida, también llamado certificado de contrato de seguro de deceso, es el documento oficial que acredita los contratos vigentes en los que figura como asegurado una persona fallecida. Este documento refleja la compañía de seguros con la que se compró la póliza. En otras palabras, es un documento que sirve para saber si una persona fallecida tenía un seguro de vida.

Es una solución que da la normativa, iniciada en 2007, para evitar que muchos contratos de seguros de vida queden impagados tras el fallecimiento del asegurado. Así, los familiares pueden comprobar si son o no beneficiarios de un contrato y así poder hacer valer sus derechos ante la aseguradora.

¿Quién puede aplicar?

Cualquiera que conozca o sospeche que figura como beneficiario del seguro de vida de una persona que acaba de fallecer. Hay que tener en cuenta que no es necesario ser el «heredero legal» del fallecido para recibir una indemnización del seguro, ya que el asegurado fallecido podría designar a quien quisiera como beneficiario de su seguro.

Lo primero es obtener un certificado de defunción del difunto, que puede solicitar en el registro civil más cercano, si no lo tiene disponible.

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