La empresa está obligada a emitir el certificado y enviarlo a los trabajadores antes de la fecha límite de presentación de la declaración de la renta. La falta de emisión o devolución puede acarrear una multa de 150 euros, en virtud de un delito fiscal leve.
Antes de presentar la declaración, el contribuyente deberá poder justificar todos los impuestos sobre la renta de las personas físicas pagados durante un determinado período, y estará obligado a reunir todos los documentos, tanto los ingresos como los gastos (especialmente, si son deducibles) que explican el origen de las cifras contenidas en el certificado. Esto evita que haya un desequilibrio que lleve a Hacienda a realizar una inspección.
¿Qué es el certificado de concesión del IRPF?
El certificado de asignación de Hacienda lo expide la Agencia Tributaria y sirve para certificar que estás al corriente de pago de impuestos en los casos en los que no hemos realizado la declaración de la renta.
Si hemos realizado la declaración de la renta, es recomendable pedir el certificado resumen de la misma.
Pasos para obtener el atestado de denuncias de Hacienda
Cómo obtener este atestado en unos pocos pasos:
El primer paso es buscar en Google «sede electrónica» de la ‘administración tributaria’ y entrar en el sitio web oficial de la administración tributaria. Normalmente, este sitio web será el primer resultado de búsqueda que aparezca, pero siempre debemos asegurarnos de que este sea el caso.
Qué necesitas para realizar el trámite
Si has optado por la modalidad online, antes de empezar asegúrate de tener a mano los siguientes elementos:
- Tu documento de identidad, ya que deberá indicar su fecha de caducidad.
- Estar dado de alta en el sistema de claves o número de referencia del alquiler.
- Si ha realizado la declaración y desea el certificado fiscal, necesitará también la declaración de la renta del ejercicio en el que desea realizar el trámite.
Lo que acredita un certificado fiscal
Según la Agencia Tributaria, los certificados fiscales pueden acreditar, entre otras circunstancias, las siguientes:
- Autopresentación – valoraciones, declaraciones y comunicaciones de datos o de determinadas finalidades contenidas en los mismos.
- Cumplimiento de obligaciones tributarias.
- La situación censal.
- La existencia o no de deudas o sanciones pendientes de pago y registradas en la base de datos de la administración tributaria.