Hay que tener en cuenta que el certificado de empresa no es lo mismo que un certificado de trabajo, sino que es un documento legal que las empresas están obligadas a expedir. Pero también existen otros certificados que, por sus nombres, pueden confundirse.
Certificado de trabajo
Qué ocurre si la empresa no facilita el certificado
La solicitud del certificado de empresa debe hacerse a Recursos Humanos, al responsable del personal o al departamento de organización; que deberá estar registrado en la Tesorería General de la Seguridad Social. Una vez finalizada la relación laboral, la empresa está obligada a presentarla.
Normalmente, el certificado se emite junto con otros documentos legales, así como los pagos finales, la liquidación y la indemnización correspondiente, según sea el caso. El certificado de empresa debe emitirse dos veces. Una vez, al empleado; otra, al Servicio Público de Empleo Estatal por vía telemática a través de Internet.
¿Cuáles son los encabezados incluidos en el formulario de certificado de empresa?
El formulario comienza indicando que don o doñaequis, quien ostenta el cargo de equi, confirma la veracidad de los datos del trabajador y empresa que se incluyen a continuación.
Usamos el formato de lista e incluimos un ejemplo después de cada punto para que te sea más fácil.
¿Cuántos días tarda la empresa en enviar el certificado de empresa?
La empresa dispone de diez días para expedir el certificado de empresa, contados a partir del día siguiente a aquel en que el trabajador quede en situación de desempleo legal, cualquiera que sea la causa.
En principio, y como ya hemos comentado, es la empresa la que envía el certificado de empresa al SEPE por vía electrónica. No obstante, el trabajador también puede consultar online el certificado de empresa si así lo desea.
¿Qué otros documentos deben proporcionar las empresas a los empleados?
Además de enviar el certificado de empresa al SEPE, la empresa también debe ofrecer al trabajador el balance y el estado de cuenta. En dicho documento deberá constar la siguiente información:
- Salarios pendientes de pago a la fecha de extinción del contrato.
- La parte proporcional de los pagos adicionales.
- Licencias no disfrutadas y horas extras.
- Indemnización por despido.
- Cualquier cantidad que se haya generado a favor del empleado en los últimos 12 meses, tales como incentivos, comisiones o bonificaciones.