Para obtener el certificado de última voluntad se debe cumplimentar el formulario o modelo 790, disponible en el Ministerio de Justicia. El interesado deberá cumplimentarlo debidamente y presentarlo a través de los canales indicados por la administración pública.
En Ródenas Abogados te ayudamos con todos los trámites para que tengas dicho certificado cuanto antes y puedas heredar cuanto antes.
Plazo y procedimiento para solicitar el certificado de testamento
El certificado de testamento se puede solicitar transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento.
No existe un plazo máximo para solicitarlo, es decir, transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento, se puede solicitar en cualquier momento.
¿Cuándo puedo solicitar el certificado de última voluntad?
La solicitud debe presentarse cuando hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Dentro de este plazo no podrá computarse el día del fallecimiento, ni los sábados, ni los domingos, ni los días festivos.
Este trámite se puede realizar de manera presencial u online.
¿Cómo puedo solicitar el certificado de últimas voluntades?
Este certificado es público, por lo que cualquier persona tiene derecho a solicitarlo. Gracias a este hecho, puede averiguar en qué notario el difunto escribió su última voluntad, si hay varios.
Sin embargo, tener conocimiento de esta información no implica que el notario nos entregue una copia del testamento. Sólo se concede copia del testamento a los herederos forzosos oa quienes puedan acreditar un interés legítimo en él.
¿Dónde, cómo y cuándo solicitar el certificado de última voluntad?
Hay diferentes lugares para pedirlo. En las Direcciones Territoriales del Ministerio de Justicia, en los Registros del Estado Civil, por vía electrónica a través de la Sede Electrónica. La documentación necesaria para obtenerlo es el modelo de solicitud, previo pago de la tasa 790, el DNI del solicitante y el original del certificado de defunción emitido por el Registro Civil del lugar donde falleció la persona.
Para ello se debe rellenar el formulario con los datos del certificado de defunción. Una vez completado, presentarlo en cualquier Dirección Territorial del Ministerio de Justicia. Otro requisito es pagar el modelo 790, que cuesta 3,78 euros. Se puede pagar por banca electrónica o personalmente en alguna de las entidades financieras que colaboran con la Agencia Tributaria.