Carta certificada agencia tributaria origen madrid

Lo primero que debes hacer es leer con calma la notificación y ver qué espera la Administración de ti.

¿Debo tomar la notificación?

La respuesta en este caso es un claro y rotundo sí. La técnica de esconderse como un avestruz es inútil frente a las autoridades fiscales y ignorando el problema, lo único que conseguiremos es que el procedimiento continúe sin que podamos defendernos ni aportar las pruebas adecuadas.

En caso de negativa a retirar el aviso de tránsito, el cartero nos dejará un aviso de tránsito para que lo recojamos en Correos. Si no se ha recogido en Correos, se avisará al BOE. En ese momento seremos notificados y si queremos ver el contenido de la comunicación debemos acudir a la sede de la Agencia Tributaria donde se deberá recoger la notificación.

¿Qué tipos de notificaciones y requisitos hay?

  • Comunicación: El documento es meramente informativo y no requiere respuesta.
  • Solicitud sobre otra persona o empresa: Hacienda solicita información o documentos para verificar. Siempre debes responder, aunque no tengas esa información, debes responder diciendo que no.
  • Procedimiento de Embargo de Crédito: Son instrucciones relativas a la deuda de un tercero o empresa con el Fisco, no de su propia empresa. Desde el momento en que lo reciba, si debe algo a este tercero, no debe pagar nada, e informar a las autoridades fiscales de los créditos pendientes que estén embargados.

El servicio de Gestión Tributaria puede consultar nuestras declaraciones de impuestos, y enviar diferentes tipos de notificaciones.

3 – Solicitud de información sobre otra persona

Hacienda también puede enviar una notificación solicitando información sobre una empresa o persona física, que puede ser cliente, deudor o proveedor, con quien tuvo una relación romántica. Deberá responder en el plazo establecido que se le indicará en la notificación, facilitando los datos o informando que no dispone de ellos.

La orden de ejecución es una notificación de la administración tributaria que se realiza en caso de deuda tributaria. Las entidades de gestión de efectivo utilizan este procedimiento para recuperar dicha deuda una vez transcurrido el correspondiente periodo de pago voluntario.

¿Qué NO debo hacer?

Primero, veamos qué evitar hacer. Como vimos la semana pasada con los requisitos de Hacienda, una de las cosas más importantes es no hacer locuras. En el caso de las notificaciones, el mensaje no será necesariamente negativo. En cualquier caso, abrirlo y leer las pautas que nos da Hacienda es siempre la mejor opción.

En primer lugar, cabe señalar de nuevo que las notificaciones no necesariamente tienen que contener un mensaje negativo. En muchos casos, las cartas que nos envían no requieren respuesta y son simplemente material informativo, con avisos relevantes.

Más información del Curso

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

Publicar comentario