Después de la muerte de una persona, se abre un proceso necesario para aceptar los bienes que poseía el difunto. El difunto podía en su momento hacer testamento y determinar quién era nombrado heredero e incluso determinar los bienes que formaban parte de la herencia, pero es bastante normal que se olvide de consignar en el testamento las pólizas de seguro en caso de muerte o accidente. que a veces contraían.
Para evitar que los herederos legales se queden sin cobrar el seguro, gracias al certificado del contrato de seguro de cobertura de fallecimiento se puede saber si el causante tenía contratado un seguro de vida con cobertura de fallecimiento o un seguro de Accidentes que cubre la eventualidad de la muerte del asegurado y, en su caso, el número de pólizas y compañías de seguros.
El certificado del contrato de seguro de defunción deberá acompañarlo en la adjudicación de la herencia.
Cuando una persona fallece y los herederos, ya sean designados por testamento o declarados por notario o judicialmente, acuden al notario para proceder a la adjudicación de la sucesión, deben acompañar una serie de documentos, entre los cuales es el certificado de los contratos de seguro de cobertura de fallecimiento.
¿Qué es el certificado del contrato de seguro de deceso?
Certificado de defunción literal
Este certificado debe ser un documento original o una fotocopia compulsada. Expedido siempre por el estado civil correspondiente al municipio donde falleció la persona y en el que debe constar el nombre de los padres del difunto.
La solicitud y obtención del certificado está sujeta al pago de una tasa que deberá ser abonada por el interesado antes de presentar la documentación, ya que es necesario incluir el justificante de pago en la solicitud. Es una cantidad que puede variar, pero ronda los 4 euros.
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Solicitar el certificado electrónicamente
Para solicitarlo electrónicamente, es decir para tramitarlo por Internet deberá hacerlo a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. En este caso será necesario disponer de firma electrónica o Cl@ve.
Si vous choisissez de le faire en personne ou par courrier, vous devez le faire avec le formulaire 790 (document disponible sur le site du ministère de la justice, dans les bureaux territoriaux du ministère de la justice et de l ‘estado civil) . Debe completar el documento y pagar las tasas correspondientes.