Certificado de aprobación de cuentas anuales

Félix Navas Mir, abogado M&A. AGM Abogados

El artículo 378.1 del Reglamento del Registro Mercantil (el «RRM») establece que, transcurrido un año desde la fecha de cierre del ejercicio social sin la presentación de cuentas en el Registro Mercantil debidamente aprobadas (las «Cuentas» ), ningún documento presentado con posterioridad a esa fecha será registrado hasta que se produzca la presentación antes mencionada. Este precepto cita excepcionalmente un conjunto de títulos que serían registrables, a pesar de la ausencia de presentación de Cuentas.

Fecha límite para la aprobación de las cuentas anuales

Le recordamos que, para todas las sociedades cuyo cierre de ejercicio económico coincida con el año natural (31 de diciembre), la fecha límite para la formulación de las cuentas anuales de los administradores de las sociedades, correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2018, cerrado el 31 de marzo de 2019, y el plazo para la aprobación de estas cuentas anuales por la junta general de socios/accionistas de aquéllas finaliza el 30 de junio de 2019 Además, en el mes siguiente a la celebración de la Junta General, debemos depositar las Cuentas Anuales de 2018 en el Registro Mercantil.

Desde la convocatoria de la Junta General, cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que deban presentarse para su aprobación, así como el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas. , si solo.

¿Qué contenido debe contener la presentación de las Cuentas Anuales?

La normativa del registro mercantil establece la obligación de presentar los siguientes documentos (aquí mencionaremos los documentos exigidos para las sociedades anónimas):

  • Solicitud / Datos generales de identificación

la aprobación del contrato de cuentas no es una declaración de voluntad

(aunque es un acto voluntario) sino una declaración de ciencia ? ¿Qué pasa si el consejo no aprueba las cuentas? ¿Podemos decir que no hay cuentas? ¿O deben limitarse las consecuencias jurídicas a las que se derivan estrictamente de la voluntad contraria de los socios para aprobarlas?

Si las cuentas han sido formuladas por los administradores y presentadas al Consejo, la posterior aprobación de las cuentas por éste podrá interpretarse de dos formas:

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