Para expedir un certificado de deudas de la comunidad de propietarios, se debe solicitar por escrito y con la fecha del día en que se solicita la persona que ejerce las funciones de secretario, ya sea un vecino o un administrador de fincas certificado.
Luego de la solicitud, y con la aprobación del presidente, el secretario en funciones tendrá un plazo de hasta 7 días naturales para emitirla. Por eso es importante pedirlo con antelación, y mucha gente viene a pedirlo el día anterior o incluso el mismo día de la firma de la escritura.
Duración, contenido y actuaciones que exige el certificado de deuda
El plazo para la emisión de este documento es de siete días naturales a partir de la fecha de su solicitud. Debe ser expedido antes de la fecha de la firma de la escritura de transmisión.
Este documento debe contener:
¿ES OBLIGATORIO APORTAR CERTIFICADO DE DEUDA PARA VENDER UN INMUEBLE?
A la hora de traspasar una casa o local surge un requisito que muchas veces el vendedor pasa por alto, pero que legalmente es de obligado cumplimiento. Esta es la obligación de informar sobre el estado de las deudas impagas a la comunidad de vecinos cuando se vende el apartamento.
Obligación que el legislador se ha cuidado de subrayar varias veces en el derecho horizontal de la propiedad: “El transmitente debe declarar que está al corriente de los gastos generales de la comunidad de propietarios, o expresar ésta que se le debe» y «el transmitente debe aportar en este momento un certificado sobre el estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración».
OBSERVACIÓN:
Si la solicitud se presenta mediante acta o procedimiento ordinario, NO ES NECESARIO acompañar el certificado de liquidación de la deuda con la Comunidad, aunque es MUY PRÁCTICO para los efectos de probar, entre otras cosas, la existencia de la deuda.
Respecto a la necesidad del Certificado de Liquidación de Deudas con la Comunidad para especificar los plazos y detalles de lo adeudado, las opiniones están divididas entre los tribunales, porque un sector requiere un desglose detallado de plazos, conceptos y cantidades adeudadas y que otro sector no lo requiera.
¿Necesito un certificado de deuda de mi Comunidad si voy a vender mi casa o local?
Transcurrido el tiempo desde que se reguló en el artículo 9.1.e, de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, la obligación del cedente de un bien (vivienda, local, garaje , etc.) para solicitar un certificado sobre el estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración de estar al corriente en el pago de las cargas generales de la comunidad de propietarios o expresando las vencidas, que se hará constar en el escritura pública por la que se transmite la transmisión, es difícil encontrar un vendedor que no haya solicitado dicho certificado al secretario de su comunidad, que en un gran número de casos será un administrador registrado de la propiedad, que desempeñará esta función.
Asimismo, cada vez es más raro que los compradores accedan a firmar una compraventa sin antes pedir al propio vendedor que aporte en ese momento el certificado del estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración, evitando así la efectos que pudieran perjudicarle, de los que le será diligentemente notificado por el Notario, si no dispone de dicho certificado.