Certificado de deuda pendiente hipoteca bbva

El vendedor es quien debe liquidar la deuda pendiente con el banco y entregar la casa libre de deuda.

Lo paga el vendedor porque es un cargo que tiene constituido sobre el inmueble, sin embargo es el comprador quien retiene parte del precio de compra para destinarlo al pago de gastos de cancelación. Por lo tanto, el comprador es responsable de completar el proceso de cancelación de la hipoteca mediante registro.

¿Quién se considera en el umbral de la exclusión?

Se considerarán dentro del umbral de exclusión los deudores que cumplan las siguientes condiciones:

  • Los ingresos totales de la unidad familiar no deberán superar el límite de 3 veces el IPREM anual de 14 cuotas.
    • Si uno de los miembros de la unidad familiar tiene una discapacidad reconocida superior al 33%, está a cargo o padece una enfermedad por la que se reconoce que no puede trabajar, el límite será de 4 veces el IPREM.
    • En el caso de que el deudor padezca parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, con un grado de invalidez reconocido de al menos el 33%, o personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de invalidez reconocido de al menos el 65%, o en caso de enfermedad grave que acredite la incapacidad laboral de la persona o de su cuidador, el límite será de 5 veces el IPREM.
  • Durante los 4 años anteriores a la solicitud, la unidad familiar debe haber visto modificada significativamente su situación económica en cuanto al esfuerzo por acceder a la vivienda, o bien durante este periodo se verá afectada por una circunstancia particular de vulnerabilidad familiar. ha ocurrido.
    • En todo caso, se entenderá que la situación económica ha cambiado significativamente si el esfuerzo que supone la carga hipotecaria sobre la renta familiar se ha incrementado en al menos un 1,5%, salvo que la entidad acredite que dicha carga en el momento del préstamo concedido era igual o superior al que tenía en el momento en que se solicita la aplicación del código de buenas prácticas.
    • Se entiende que existe una situación familiar de especial vulnerabilidad si:
      • Se trata de una familia numerosa, monoparental con hijos a cargo o si hay un menor en la unidad familiar .
      • Uno de los miembros de la unidad familiar tiene una invalidez declarada superior al 33%, se encuentra en situación de dependencia o padece una enfermedad acreditada y está incapacitado permanentemente para el trabajo.
      • Un familiar del titular de la hipoteca o de su cónyuge hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad vive bajo el mismo techo que la unidad familiar y se encuentra en situación personal de invalidez, dependencia o enfermedad grave que incapacita la forma acreditada , temporal o permanente, para trabajar.
      • Hay una víctima de violencia de género en la unidad familiar.
      • El deudor es mayor de 60 años, forme o no una unidad familiar.
  • La cuota hipotecaria debe ser superior al 50% de los ingresos netos de la unidad familiar en su conjunto, o al 40% si alguno de sus miembros cumple las condiciones para que se aplique el límite de 4 o 5 veces el IPREM.

¿Qué pasa si se paga la hipoteca y no se firma la cancelación?

Este es uno de los casos ya comentados en un post anterior, cuando planteo el tema de qué pasa si mi escritura no está inscrita en el registro de la propiedad.

En primer lugar hay que hacer un llamamiento a la tranquilidad, la cancelación de la inscripción de la hipoteca no es obligatoria, ni la causa de la extinción del préstamo, es simplemente para evitar la aparición de terceros sospechosos fiestas.

Cancelación de hipoteca en el Registro de la Propiedad

La opción más recomendable. Al igual que al firmar una hipoteca, es posible delegar los trámites en una agencia o hacerlo uno mismo. Para cancelar una hipoteca, el interesado primero debe solicitar al banco un certificado de deuda cero. Este certificado debe ser emitido gratuitamente por la entidad bancaria, tal y como indica el Banco de España.

Se debe presentar el certificado de deuda cero ante el notario elegido y solicitar la redacción de la escritura de terminación del préstamo hipotecario. Este acta debe ser firmada por el representante del banco. Posteriormente, acudir al Ministerio de Hacienda de la comunidad autónoma para presentar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Actualmente, este impuesto está exento de pago, por lo que para cancelar la hipoteca habrá que presentarla pero no habrá que abonar cantidad alguna.

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