Certificado de empresa para la solicitud de maternidad paternidad

Para iniciar la solicitud, debe acceder a la página de la Seguridad Social a través del portal Tu Seguridad Social. Para este trámite sólo podrá acceder con un identificador electrónico o un certificado electrónico, ya sea en nombre propio o como representante de un tercero. Si no lo tienes, en este artículo te mostramos cómo solicitarlo.

Datos que aparecen en el certificado en papel

Al dar de alta el próximo certificado, aparecerá de nuevo el «Período de descanso obligatorio» rellenado con las mismas fechas anteriores, y en Próximos Periodos las fechas correspondientes a este segundo periodo de descanso, en este ejemplo del 1 al 14 de Octubre. El control Incluir trabajadores con el mismo DNI se utiliza para agrupar los datos de cotización en un mismo certificado del mismo DNI de los registros que existan en el periodo correspondiente, siempre que tengan el mismo DNI. Si el trabajador tuviera vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas, lo indicaremos en el campo Número de días de vacaciones no disfrutadas.

Solo tiene que realizar una solicitud al departamento de recursos humanos, al responsable de personal o al departamento jurídico de la empresa en cuestión, quienes la emitirán y entregarán una vez finalizado el servicio comercial.

Fecha de entrada en vigor de esta nueva obligación

En función del tipo de situación que genera el derecho a la prestación del trabajador, existe un periodo diferente de entrada en vigor.

  • Los certificados de empresa para la tramitación de prestaciones de maternidad o paternidad ya se tienen que enviar por el sistema RED desde el 1 de abril de 2018.
  • Certificados de prestaciones de maternidad riesgo durante el embarazo, riesgo de lactancia y la reducción de jornada de los padres para el cuidado de menores graves deberá ser comunicada a partir del 1 de enero de 2019.

Condiciones para solicitar el subsidio de paternidad

A continuación detallamos las condiciones para solicitando el subsidio de paternidad:

  • Si el trabajador está afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición análoga a la de alta. Este último caso se refiere al trabajador que, estando afiliado, no cotiza, pero también tiene derecho a estar protegido por la Seguridad Social.
    • Entre las situaciones consideradas asimiladas a la liberación, encontramos:
      • La situación jurídica de desempleo, ya sea subsidiado o total.
      • Días de inactividad entre trabajos de temporada.
      • Incapacidad temporal, cuando subsista después de la finalización del contrato de trabajo.
      • El estado de paternidad o maternidad que queda al término del contrato de trabajo, etc.
  • Que el trabajador haya cubierto las cotizaciones requeridas según su edad:
    • No se exige un período mínimo de cotización, en este caso el trabajador es menor de 21 años, en la fecha del nacimiento del hijo o de la resolución judicial que declara la adopción o el acogimiento.
    • Se requieren 90 días de cotización, en el período de 7 años inmediatos y anteriores a la fecha original del permiso o, en su defecto, 180 días de cotización en el total de su vida laboral, siempre que sean antes de la fecha de la licencia Esto es en el caso de que el trabajador tenga entre 21 y 26 años al momento del nacimiento del hijo o para las fechas de las resoluciones judiciales constitutivas de adopción o acogida.
    • Se requieren 180 días de cotización durante los 7 años inmediatos y anteriores a la fecha de inicio del permiso o, en su defecto, 360 días de cotización a lo largo de la vida laboral. Siempre que el trabajador sea mayor de 26 años al momento del parto o en la fecha de las sentencias o resoluciones judiciales que constituyan la adopción o señalen el acogimiento familiar.
  • Que el trabajador se encuentre al corriente en el pago obligatorio de las cotizaciones a la seguridad social.

¿CÓMO SELLAR LA META?

Para sellar la huelga se puede hacer de varias formas:

  • Solicitar CITA PREVIA en la oficina del SEPE correspondiente a cada domicilio del interesado.
  • A través de la SEDE ELECTRÓNICA de cada comunidad autónoma excepto Ceuta y Melilla que dependen del SEPE. Puedes acceder a cada uno desde este enlace.
  • Desde GESTIÓN DE MGF podemos ayudarte a realizar este trámite online sin ningún problema, de forma rápida y sencilla a través de Internet.
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