El certificado de contratistas y subcontratistas de la administración tributaria es obligatorio desde 2004, como se ha informado en otras ocasiones.
La Ley General Tributaria, en su artículo 43 apartado 1, letra f), referente a las personas o entidades que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad económica principal, establece la obligación solicitar el certificado de contratistas y subcontratistas para no ser responsable de la posible deuda que las empresas contratantes tengan con la Agencia Tributaria.
Certificación de contratistas y subcontratistas: todo lo que debes saber
El Código General Tributario establece que las personas que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad económica principal , responderá de la deuda relacionada con los impuestos que deban repercutir o las cantidades que se retengan a los trabajadores, profesionales u otros empresarios en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto del contrato o de la subcontratación. Este pasivo cubre las obligaciones tributarias del contratista o subcontratista acumuladas durante la vigencia del contrato o del subcontratista, y correspondientes a la obra o servicios relacionados con:
- Impuestos a repercutir
- Sumas retenidas a trabajadores, profesionales u otros empresarios
¿Qué es el certificado para contratistas y subcontratistas y para qué sirve?
La Ley General Tributaria (en su artículo 43.1.f) establece que las personas que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad económica principal, serán deuda subsidiaria relacionada con los impuestos que deben repercutir (IVA o IGIC) o las cantidades que deban retenerse a los trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto de la contratación o subcontratación.
Este pasivo cubre únicamente las obligaciones tributarias del contratista o subcontratista acumuladas durante la vigencia del contrato o subcontrato y correspondientes a las obras o servicios objeto del contrato o subcontrato, relacionadas con:
Certificado de contratista o subcontratista NEGATIVO
En este otro caso, este certificado indica que usted no está al corriente de pagos al erario público de los últimos doce meses, por lo que al no cumplir con sus obligaciones tributarias, usted pueden ser capaces de ser indirectamente responsables de sus deudas.
Esta certificación tendrá una validez de doce meses desde la fecha de su expedición, salvo que la normativa específica que exija la presentación del certificado establezca otro plazo de validez.