Certificado de mantenimiento de instalaciones térmicas

Daikin también ha lanzado la iniciativa L∞P by Daikin, que proporciona un marco de soluciones para avanzar hacia una economía circular que Daikin ya ha adoptado y continúa implementando. El alcance de estas actividades incluye la facilidad de reciclar la mayoría de los materiales de las unidades Daikin, así como el uso en su línea de producción de refrigerante regenerado que tiene las mismas garantías que el virgen pero consume menos recursos y genera menos residuos. . Esta nueva iniciativa hace más sostenible el sector de la climatización adaptándose a la legislación actual y futura.

Normativa aplicable

El uso, mantenimiento y conservación de los edificios de uso residencial y comercial, ha sufrido importantes cambios normativos tras la aprobación del Código Técnico de la Edificación (CTE) y las importantes modificaciones producidas en el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE), así como otras normas nacionales y autonómicas sobre la certificación energética de viviendas, la inspección técnica de edificios y la inspección de la eficiencia energética de los edificios.

Por ello y en aras de la correcta aplicación de lo dispuesto en las distintas normas legales y para facilitar una mejor comprensión y cumplimiento de lo dispuesto, nos parece que ha llegado el momento de realizar una mera reflexión deben ser las pautas a seguir en el mantenimiento preventivo de las instalaciones.

¿Qué es el registro de mantenimiento de RITE?

El libro de mantenimiento o libro de construcción RITE, contiene todos los certificados, fichas técnicas, inspecciones, reformas por constructoras especializadas, cambios de piezas, etc. que ha sufrido el sistema térmico a lo largo de su vida útil.

La ley que regula el RITE es el Real Decreto 178/2021. Sólo una empresa homologada puede realizar el mantenimiento de las instalaciones. El objetivo de dicha normatividad es que cada equipo térmico tenga la mayor eficiencia energética y sea seguro con las personas, bienes, vida silvestre, entre otros.

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Finalmente, el resultado de la inspección será «negativo» si existen brechas graves de seguridad que puedan suponer un riesgo inminente para la seguridad de las personas, los bienes o el medio ambiente , independientemente del rendimiento de la instalación. En este caso, el agente habilitado que haya realizado la inspección deberá informar -en un plazo máximo de 10 días- a la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid, que será la encargada de tomar la decisión que estime oportuna. El objetivo principal de estas revisiones es verificar el estado de la instalación, en términos de eficiencia energética, así como los puntos o áreas de mejora, valorados desde el punto de vista de la rentabilidad económica. Según el caso, requerirá la inspección final por parte de la OCA o del organismo de control e inspección homologado necesaria para la obtención del certificado final de obras y ensayos.

El coste de legalización de una instalación no se rige por un mercado regulado, quedando a criterio de los honorarios del técnico o ingeniero, según el caso. Los organismos regionales de inspección aseguran la aplicación de esta norma mediante la realización de inspecciones periódicas. Las instalaciones que no se encuentren en regla podrán ser objeto de sanción administrativa y de la obligación de ser legalizadas dentro del plazo. El almacenamiento o acceso técnico es necesario con el propósito legítimo de almacenar preferencias no solicitadas por el suscriptor o usuario. Si la eficiencia de los generadores de la instalación es inferior al 80%, el resultado de la inspección será “condicional”. Esta evaluación implica que la comunidad tendrá que resolver su déficit de rendimiento del generador antes de la próxima inspección o control de inspección.

¿Qué entiende el RITO por “reforma”?

Para el RITE, toda sustitución o sustitución de un generador de calor o frío por otro de similares características tendrá la consideración de reforma, aunque suponga una modificación del proyecto o del informe técnico.

Negativo. No será necesario el registro en caso de sustitución o reposición de equipos de producción de calor o frío, siempre que se trate de generadores con una potencia útil nominal inferior o igual a 70 kW. Hay que tener en cuenta que la variación de la potencia útil nominal del generador no debe superar el 25% de la potencia útil nominal del generador sustituido, ni que la potencia útil nominal del generador instalado no debe superar los 70 kW.

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