Los gastos de una comunidad se pueden clasificar en dos tipos: gastos comunes (o generales) y gastos extraordinarios.
Los gastos comunes son aquellos necesarios para el mantenimiento y vida diaria de la comunidad. Estos son gastos iguales para todos los residentes y no se pueden asignar individualmente.
¿Qué ocurre con las cuotas futuras que están pendientes de realizar en el momento de la venta y que se refieren a contratos suscritos antes de la venta?
Si bien el administrador no está obligado a incluir en el certificado las deudas futuras relativas a acuerdos aprobados antes de la venta que dan lugar a un derrame a realizar con posterioridad a la venta, sería recomendable que los derrames se incluyan también en el certificado o gastos ya aprobados que se requerirán al comprador cuando ya sea propietario, para que tome conocimiento de ellos.
Ya que, lo que hay que aclarar, es que el obligado a pagar por tales vertidos será el nuevo propietario, aunque hayan sido aprobados antes de la compra, y aunque no lo hayan sido informados por el vendedor
Certificado de estar al corriente con la Comunidad de Propietarios: ¿Qué pasa si el vendedor tiene deudas con la Comunidad de Propietarios?
Si existen deudas contraídas por el vendedor, el nuevo propietario será responsable de ellas. Con lo cual, la certificación deberá hacerse exclusivamente en relación con la deuda que pudiera existir al momento de la transmisión. Sin necesidad de reflejar los pagos ya aprobados y que se cobrarán después de la transmisión. Y es que la ley solo obliga a cobrar los recibos impagados en ese preciso momento, sin aportar más datos.
Por lo tanto, siempre es recomendable que el comprador se interese por estos asuntos, porque será él quien se hará cargo de hacer frente a estos gastos, hayan sido o no aprobados antes de la compra. de la casa. Sobre todo porque el comprador puede responder incluso con el bien mismo de las sumas debidas a la comunidad. Si el comprador se considera equivocado en sus negociaciones, puede reclamar los beneficios al vendedor. No obstante, la responsabilidad del comprador sólo se aplicará al año en curso ya los tres anteriores.
¿Necesito un certificado de deuda de mi Comunidad si voy a vender mi casa o local?
Transcurrido el tiempo desde que se reguló en el artículo 9.1.e, de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, la obligación del cedente de un inmueble (vivienda, local, garaje , etc.) para solicitar un certificado sobre el estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración de estar al corriente en el pago de las cargas generales de la comunidad de propietarios o expresando las vencidas, que se hará constar en el escritura pública por la que se transmite la transmisión, es difícil encontrar un vendedor que no haya solicitado dicho certificado al secretario de su comunidad, que en un gran número de casos será un administrador registrado de la propiedad, que desempeñará esta función.
Asimismo, cada vez es más raro que los compradores accedan a firmar una compraventa sin antes pedir al propio vendedor que aporte en ese momento el certificado del estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración, evitando así la efectos que pudieran perjudicarle, de los que le será diligentemente notificado por el Notario, si no dispone de dicho certificado.
¿Por qué este certificado no se puede emitir inmediatamente y hay que solicitarlo con al menos 7 días de antelación?
La elaboración y entrega del «certificado de estar al corriente de pagos» implica una responsabilidad ineludible por parte del secretario-administrador ya que cualquier error que cometa recaerá directamente sobre él. En otras palabras, el secretario-administrador debe tener la certeza absoluta de que la información reflejada en el certificado concuerda con la realidad, de lo contrario deberá responder por cualquier error u omisión.
¿Por qué son importantes los certificados de actualización de pago de comunidad si soy el comprador?