¿Cómo puede obtener el trabajador el Certificado de Empresa?
Si la empresa envió el certificado electrónicamente, puede solicitar una copia al empleador. Por otro lado, según la Ordenanza TIN/790/2010, de 24 de marzo, por la que se regula el envío de certificados, el SEPE debe expedir una copia del certificado al trabajador si éste lo solicita.
¿Cómo puedo solicitar el certificado de empresa online?
A pesar de que las empresas envían este documento directamente al SEPE, también es importante que el trabajador disponga de una copia. Por ello, el empleado puede acudir al departamento de recursos humanos de la empresa o descargarlo de la sede electrónica de la seguridad social.
Si opta por descargar el certificado desde la web del SEPE, el interesado deberá disponer de una identificación electrónica o de un certificado digital para verificar su identidad. Este proceso también se puede realizar a través del sistema de clave nacional.
¿Qué es el certificado de empresa?
El certificado de empresa es el documento que valida que un empleado ha dejado de formar parte de una organización y que en la fecha indicada en el certificado, se encuentra en situación de desempleo. Este documento también describe las razones por las cuales la relación laboral ha terminado.
Estas causas pueden ser el despido, la extinción del contrato, la renuncia voluntaria o el hecho de no haber superado el período de prueba, entre otras que pueden ser impugnadas. El certificado de empresa también deberá mencionar las bases de cotización para calcular el importe de la subvención correspondiente al caso.
¿Qué ocurre en caso de baja voluntaria?
En ningún caso el trabajador tendrá derecho al paro por baja voluntaria. Es decir, si renuncia y es su decisión sin que la empresa lo quiera o aliente; Esto es algo que viene determinado por el certificado de empresa, que también debe incluir las cotizaciones de los últimos 180 días de trabajo, para que se pueda calcular la cantidad a la que tiene derecho el trabajador por desempleo.
Cada empresa tiene la obligación de expedir este certificado a sus propios trabajadores con los que rompe su relación laboral. Y deberás hacerlo en un plazo máximo de 10 días naturales desde el cese de actividad, además de dirigirlo a la Seguridad Social y al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
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