El artículo 19.4 del Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador está obligado a seguir la formación ya realizar prácticas. En caso de que un trabajador se niegue a recibir formación en prevención de riesgos laborales o no se presente a convocatorias y cursos en esta materia después de haber sido solicitado, sucesiva y fehacientemente, por el empresario, se podrá considerar como incumplimiento por estos últimos con las obligaciones en materia de prevención de riesgos como incumplimiento del trabajo y pueden ser sancionados por la dirección de la empresa.
Tutor individual
En Damito Formación contamos con tutores expertos que acompañarán a los alumnos durante su formación. Podrás enviar tus dudas a un tutor online para que siempre tengas apoyo en la resolución de las dudas que te genere el temario.
Mejora de las condiciones de trabajo.
Tales como la adecuación física del puesto de trabajo, la ergonomía y los aspectos psicológicos que puedan afectar al trabajador.
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Vigilancia de la salud de los trabajadores.
¿Qué tipo de formación es válida?
El artículo 19 de la ley de prevención de riesgos laborales no especifica el método a seguir durante la formación de PRL. El trabajador puede recibir los siguientes tipos de formación:
- Formación PRL Presencial o Formación PRL Blended.
- A distancia: mediante manual físico o en formato electrónico con el contenido del curso.
- Formación online a través de una plataforma de formación.
¿Se hace en horario de oficina?
Según la propia ley de la PRL, la empresa tiene la obligación de realizar su actividad formativa durante la jornada laboral de los trabajadores. Así, las horas dedicadas a la formación en estos temas no tienen que ser recuperadas y no se pueden exigir mayores niveles de productividad por la reducción, durante los cursos, de las horas dedicadas a la producción.
No obstante, también puede ser que esta formación deba realizarse fuera del horario laboral para todos o parte de los trabajadores que deban recibirla. Estos casos se justifican si los formadores, internos o externos, no están disponibles en el horario acordado por la empresa. O si no dispone de los medios pedagógicos necesarios para una formación adecuada o si no dispone de un local propio para ello, sino de instalaciones ajenas.