Certificado comunidad de propietarios corriente pago

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¿Cómo solicitar el certificado para estar al día con la Comunidad de Propietarios?

Para obtener el certificado de actualización de la Comunidad de Propietarios, el vendedor deberá presentar una solicitud en secretaría, que deberá hacerlo en un plazo máximo de siete días naturales y recabar el visto bueno del presidente. Sin embargo, el presidente no necesita aprobar el certificado si un administrador de la propiedad actúa como secretario de la comunidad. En caso de retraso en su entrega, el secretario o el administrador de las mercancías es responsable del daño causado. Pero también deberán responder si los datos introducidos no son correctos o inexactos.

Si bien la ley no obliga a incluir las escisiones, sino únicamente a demostrar la situación económica que el vendedor tiene con la Comunidad en el momento de la emisión del certificado, éste debe ser siempre lo más completo posible y reflejan todos los elementos, incluidos también los gastos extraordinarios, como las escisiones.

¿ES OBLIGATORIO APORTAR CERTIFICADO DE DEUDA PARA VENDER UN INMUEBLE?

A la hora de traspasar una casa o local surge un requisito que muchas veces el vendedor pasa por alto, pero que legalmente es de obligado cumplimiento. Esta es la obligación de informar sobre el estado de las deudas impagas a la comunidad de vecinos cuando se vende el apartamento.

Obligación que el legislador se ha cuidado de subrayar varias veces en el derecho horizontal de la propiedad: “El transmitente debe declarar que está al corriente de los gastos generales de la comunidad de propietarios, o expresar ésta que se le debe» y «el transmitente debe aportar en este momento un certificado sobre el estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración».

¿Necesito un certificado de deuda de mi Comunidad si voy a vender mi casa o local?

Transcurrido el tiempo desde que se reguló en el artículo 9.1.e, de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad horizontal, la obligación de al transmitente de un inmueble (casa, local, garaje, etc.) para solicitar a la comunidad un certificado del estado de las deudas coincidiendo con su declaración de estar al corriente en el pago de las cargas generales de la comunidad de propietarios o para expresar la que vencen, lo que se indica en la escritura pública por la que se canaliza la transmisión, es difícil encontrar un vendedor que no haya solicitado dicho certificado al secretario de su comunidad, que en muchos casos será un administrador de fincas colegiado, que realizará esta función.

Además, cada vez es más raro que los compradores accedan a firmar una compraventa sin antes pedir al propio vendedor que entregue en ese momento el certificado sobre el estado de las deudas. con la comunidad coincidiendo con su declaración, evitando así los efectos jurídicos que les pudieran perjudicar, de lo que serán diligentemente informados por el notario, si no tienen dicho certificado.

¿Por qué los “certificados de actualización de pago comunitario” tienen coste?

La elaboración del «certificado de estar al corriente de los pagos de la comunidad» se entiende como una relación privada entre el secretario-administrador y el miembro de la comunidad que realizará la operación, ya que es una obligación requerida por la ley entre las partes interesadas en la operación de compraventa (el actual propietario y el futuro comprador) a la que es ajeno el secretario-administrador. La obligación resulta de la escritura de compraventa bajo firma privada.

La solicitud del citado certificado establece una relación entre el comunero (el que vende su propiedad) y el secretario-administrador tras la referida transmisión. No es la propia comunidad la que solicita el certificado sino un particular y como consecuencia de esta relación, el secretario-administrador tiene derecho a percibir una retribución por su trabajo.

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