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¿Cómo debe ser el certificado de deuda de la Comunidad de Propietarios?
El artículo 553-5.2 CCCat establece sus requisitos esenciales. El certificado debe ser expedido por la persona que ejerce la secretaría y no requiere la aprobación de la presidencia si la administración de la comunidad está asegurada por un profesional que ejerce la secretaría.
El certificado deberá indicar si el transmitente se encuentra al corriente de los pagos que le corresponden, así como de los gastos comunes, ordinarios y extraordinarios, y de las aportaciones al fondo de reserva aprobadas pero pendientes de vencimiento.
¿ES OBLIGATORIO APORTAR CERTIFICADO DE DEUDA PARA VENDER UN INMUEBLE?
A la hora de traspasar una casa o local surge un requisito que muchas veces el vendedor pasa por alto, pero que legalmente es de obligado cumplimiento. Esta es la obligación de informar sobre el estado de las deudas impagas a la comunidad de vecinos cuando se vende el apartamento.
Obligación que el legislador se ha cuidado de subrayar varias veces en el derecho horizontal de la propiedad: “El transmitente debe declarar que está al corriente de los gastos generales de la comunidad de propietarios, o expresar ésta que se le debe» y «el transmitente debe aportar en este momento un certificado sobre el estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración».
Certificado de estar al corriente con la Comunidad de Propietarios: ¿Qué pasa si el vendedor tiene deudas con la Comunidad de Propietarios?
Si existen deudas contraídas por el vendedor, el nuevo propietario será responsable de ellas. Con lo cual, la certificación deberá hacerse exclusivamente en relación con la deuda que pudiera existir al momento de la transmisión. Sin necesidad de reflejar los pagos ya aprobados y que se cobrarán después de la transmisión. Y es que la ley solo obliga a cobrar los recibos impagados en ese preciso momento, sin aportar más datos.
Por lo tanto, siempre es recomendable que el comprador se interese por estos asuntos, porque será él quien se hará cargo de hacer frente a estos gastos, hayan sido o no aprobados antes de la compra. de la casa. Sobre todo porque el comprador puede responder incluso con el bien mismo de las sumas debidas a la comunidad. Si el comprador se considera equivocado en sus negociaciones, puede reclamar los beneficios al vendedor. No obstante, la responsabilidad del comprador sólo se aplicará al año en curso ya los tres anteriores.
¿Necesito un certificado de deuda de mi Comunidad si voy a vender mi casa o local?
Transcurrido el tiempo desde que se reguló en el artículo 9.1.e, de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, la obligación del cedente de un inmueble (vivienda, local, garaje , etc.) para solicitar un certificado sobre el estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración de estar al corriente en el pago de las cargas generales de la comunidad de propietarios o expresando las vencidas, que se hará constar en el escritura pública por la que se transmite la transmisión, es difícil encontrar un vendedor que no haya solicitado dicho certificado al secretario de su comunidad, que en un gran número de casos será un administrador registrado de la propiedad, que desempeñará esta función.
Asimismo, cada vez es más raro que los compradores accedan a firmar una compraventa sin antes pedir al propio vendedor que aporte en ese momento el certificado del estado de las deudas con la comunidad coincidiendo con su declaración, evitando así la efectos que pudieran perjudicarle, de los que le será diligentemente notificado por el Notario, si no dispone de dicho certificado.