La STSJ de Madrid, de 24 de marzo de 2021, analiza un expediente en el que cuestiona la residencia fiscal de un trabajador desplazado al extranjero. La causa seguida por el TSJ tiene su origen en la autoliquidación del IRNR presentada por el recurrente, solicitando la devolución de una cantidad, que fue denegada por la Administración tras el inicio del correspondiente procedimiento de gestión, al considerar que no había acreditado su condición de residente fiscal en el Perú, por no haber aportado el “Certificado de residencia fiscal expedido por la administración tributaria del país de residencia en el que deba indicar expresamente que el contribuyente es residente en el sentido definido en el Convenio” el cual había sido solicitado.
El Tribunal Supremo de Madrid también alega (además de la ausencia de un certificado emitido por las autoridades peruanas) la falta de prueba de que «la pareja del recurrente residió con él en Lima durante el año 2014» (a pesar de el hecho de que no estuvieran casados y la normativa tributaria mencione expresamente al «cónyuge no separado del cuerpo»), así como el hecho de que el interesado no haya presentado la comunicación prevista en el artículo 32 del TRLIRNR a la Agencia Tributaria cuando fue trasladado al extranjero.
¿Cuánto tiempo se tarda en obtener el certificado?
Si presentas la solicitud en la oficina virtual, puedes consultar y obtener de inmediato tu certificado para imprimirlo, guardarlo o adjuntarlo si es necesario.
Una vez solicitado el certificado y visualizado, siempre queda archivado para su posterior consulta. Solo tiene que volver a conectarse con el mismo certificado electrónico y consultar la pestaña: Consultar las certificaciones emitidas, disponible en el menú Certificaciones.
Documentos para solicitar el certificado de residencia fiscal
Sea cual sea la forma que elija para solicitar el certificado de residencia, deberá aportar los siguientes documentos:
- Datos básicos de la persona que realiza la solicitud o su representante en su caso:
- Apellidos y nombre
- NIF
- Razón social
- Lugar de residencia
- ) )
- Documentos que acrediten que tienes residencia fiscal en España.
- Texto que indica los motivos de la solicitud del certificado de residencia fiscal.
- Fecha y firma del solicitante o representante.
El Tribunal Supremo analizará si la firma del convenio para evitar la doble imposición obliga a España a revisar el contenido de un certificado de residencia emitido a sus efectos
En el caso de En el presente caso, la Inspección consideró que el contribuyente era residente fiscal en España durante los años objeto de la comprobación, ya que se acreditaba que el núcleo principal de sus intereses económicos residía en España y que, por tanto, debía tributar en España por la totalidad de sus ingresos mundiales en los años sujetos a regularización.
El contribuyente aportó para su defensa un certificado de residencia fiscal en Marruecos, añadido de puño y letra “en los años 2008 a 2011”, con fecha 27 de diciembre de 2012 (una vez comenzada la fiscalización), que no apareció no expedido por las autoridades fiscales marroquíes sino por el “Ministerio de Hacienda y Privatización”. Posteriormente, aportó otro certificado, emitido por el mismo ministerio, en el que se especifica que el deudor “fue residente fiscal en Marruecos en los años 2008 a 2012”. Para las necesidades del funcionario emisor, está firmado por “Vicenta” a petición del contribuyente, y lleva la inscripción: “Le chef de la subdivision des personnes. Hay Urbano. Firmé: Victorio”.