Un juez puede ordenar contactar o citar a un ciudadano, por diversas razones.
Contrariamente a la creencia popular, no todas las comunicaciones implican un cargo o sanción.
– No nos pongamos nerviosos.
Todo queda por hacer.
Imprescindible calcular los plazos etc… que no lo escribas no quiere decir que no lo escriba el Juzgado.
Ubicación
Este tipo de comunicación es muy similar a la anterior. La única diferencia es que no te fijan un día y una hora específicos para que te presentes, sino que te dan un plazo para hacerlo o para realizar un trámite. Además, la acción a tomar puede ser opcional, como cuando te dan un límite de tiempo para responder a una solicitud.
Este tipo de comunicación generalmente está destinada a profesionales, por lo que es muy poco probable que reciba alguna. Son órdenes que el juez puede enviar a notarios, abogados, registradores de la propiedad u otros agentes similares para que hagan algo. Por ejemplo, enviarle documentación sobre un juicio pendiente.
¿Eso siempre significa que me citan como investigado y me acusan de un delito?
No, el hecho de que recibas una citación como indagatoria no significa que estés imputado por un delito, el juzgado, habiendo considerado tu declaración indagatoria, puede archivar la diligencia, poniendo poner fin a su intervención en el procedimiento.
Puede ocurrir que luego de su declaración como sujeto de una investigación, el ministerio público y/o la acusación particular, en su caso, le acuse de uno o más delitos, será en este momento desde que se le acusará formalmente de uno o más delitos. Sin embargo, aunque el Ministerio Público y/o la acusación particular formalice una acusación, ello no significa que usted sea culpable de los delitos que se le imputan.
Las comunicaciones que normalmente recibimos en casa son citaciones, emplazamientos y avisos.
Hay diferentes formas de recibir la carta judicial. Podremos recibirlos por carta (ordinaria o certificada), personalmente en nuestro domicilio o en otro domicilio donde estemos ubicados (como el de nuestro trabajo), a través de notario o mediante edictos fijados en los tablones de anuncios de exhibición de búsqueda propia.
¿Qué hacer una vez que recibimos la carta del juzgado? Según el tipo de comunicación que te hagan, tendrás que responder de alguna manera (por ejemplo, ir a juicio o entregar un documento o responder a una solicitud por escrito a través de un abogado, etc.). Si esto no le queda claro, le recomiendo hablar con un abogado de su confianza para que le indique qué hacer. También puede llamar al número de teléfono del Tribunal, que en la mayoría de los casos se encuentra en la parte superior de la carta, o ir directamente a la dirección que figura en la parte superior de la carta.