Tal y como establece el Real Decreto 235/2013, son técnicos competentes para acreditar aquellos que posean alguna de las titulaciones académicas y profesionales que les permitan redactar proyectos o dirigir obras y dirigir la ejecución de obras de construcción o realizar proyectos para sus instalaciones térmicas, de acuerdo con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética, o que, sin poseer titulación académica previa, hayan acreditado la cualificación profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética conforme a lo que se establezca mediante el decreto previsto en la disposición adicional cuarta.
Por tanto, y en relación con la Ley 38/1999, los técnicos competentes para firmar el certificado de eficiencia energética en edificios, además de los arquitectos, arquitectos técnicos o aparejadores, son las personas que, de acuerdo con lo establecido en las resoluciones de 15 de enero de 2009 de la Secretaría de Estado de Universidades, tener las siguientes calificaciones:
Tramitación de un certificado energético
Una vez conocido quién expide el certificado energético, se puede iniciar la proceso para obtener este documento. En housfy rent a flat contamos con expertos en eficiencia energética y arquitectos colegiados que realizarán el estudio de tu casa para alquilar un piso. Gracias a su experiencia y profesionalidad, obtendrán una calificación energética justa para su propiedad.
El arquitecto se pondrá en contacto contigo y tras analizar el inmueble y su instalación así como otras características, en unos días tendrás la etiqueta energética para que puedas vender tu casa o alquilar tu piso, sin problemas 🙂
¿Quién puede realizar el certificado de eficiencia energética?
Según el RD 235/2013, las personas que ostenten la titulación que les habilite para realizar proyectos de construcción o para dirigirlos y para dirigir la ejecución de obras de construcción o para realizar proyectos de sus instalaciones térmicas, tal y como indica el RD 235/2013 Ley 38/1999, de ordenación de la edificación.
Además, este real decreto añade que el certificado también lo pueden realizar quienes dispongan de la cualificación habilitante para la suscripción de certificados de eficiencia energética o que no dispongan de ninguna de las citadas cualificaciones, acreditando la necesaria profesionalidad. calificación en la expedición de este certificado, si cumplen con su disposición adicional cuarta.
¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
Es el documento resultante del proceso de certificación energética de un inmueble. Este proceso estudia las condiciones constructivas de una vivienda y su equipamiento, para asignarle una calificación energética en función de su consumo energético.
La información de este certificado se resume en una etiqueta energética. Es similar a lo que estamos acostumbrados a ver en los electrodomésticos. Codificado por colores, clasifica los bienes en una escala que va desde la categoría más alta, “A” (consumo más bajo), hasta la categoría más baja, “G” (consumo más alto).
Técnicos competentes
Según el Real Decreto 235/2013, por el que se regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, debe ser un profesional «que esté en posesión de uno de los títulos universitarios y los títulos profesionales que habiliten para la redacción de proyectos o la dirección de obra y la dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas”
En definitiva, quienes tienen la consideración de técnicos competentes para emitir el certificado de eficiencia energética: