Se estima que esta normativa supondrá un ahorro anual de unas 32.000 tep, suponiendo que se realicen actuaciones de mejora de la eficiencia energética en el 10% de los edificios certificados y que se produzca un ahorro medio de 20 tep. logrado. % con las medidas adoptadas.
Entra en vigor el certificado de eficiencia energética para el alquiler o venta de viviendas
¿En qué consiste el certificado de eficiencia energética? El certificado energético, que tendrá una vigencia de 10 años, se condensará mediante una etiqueta energética, que deberá figurar en cualquier publicidad que se realice del inmueble y deberá registrarse en el órgano competente de cada comunidad autónoma, de esta forma cualquier empresa o el particular debe conocer la calificación energética del inmueble que pretende comprar o alquilar. ¿Es obligatorio el certificado energético para alquilar?
En la metodología para el cálculo de la calificación de eficiencia energética se tendrán en cuenta los factores que tienen mayor incidencia en el consumo energético, así como las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones energéticas de eficiencia energética de los edificios.
Qué contiene el certificado de eficiencia energética
El último paso para conocer la eficiencia energética de una vivienda es leer la etiqueta. Por tanto, cabe señalar que cada etiqueta energética contiene al menos la siguiente información:
En primer lugar, la identificación del edificio o, si se trata de un apartamento, la identificación de la parte del edificio que se certifica. A continuación, el procedimiento que se eligió para obtener la calificación energética de la vivienda, en el que debe aparecer la siguiente información:
¿Qué es?
El certificado de eficiencia energética es un documento oficial y de obligado cumplimiento para el propietario de un inmueble. Debe ser escrito por un técnico y revela información sobre sus características energéticas. Así, se define el consumo energético anual que será necesario para alimentar un edificio en condiciones normales de ocupación y funcionamiento.
Entre las nociones a integrar se encuentran algunas como la iluminación, producción de agua caliente, calefacción, refrigeración o incluso ventilación. Según el análisis de cada uno de ellos, se emitirá un documento oficial y se asignará una etiqueta energética. Estos se pueden dividir en siete niveles, que van desde la letra A (más eficiente energéticamente) hasta la G (menos eficiente).
Campo de aplicación
- Edificios de nueva construcción.
- Edificios o partes de edificios existentes que se venden o alquilan a un nuevo arrendatario, siempre que no disponga de cédula en vigor.
- Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupa una superficie útil total superior a 250 m² y que son visitados periódicamente por el público.
- Edificios y monumentos protegidos oficialmente por formar parte de un entorno declarado o por su particular valor arquitectónico o histórico.
- Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
- Construcciones temporales cuya duración prevista de uso sea igual o inferior a dos años.
- Edificaciones industriales, de defensa y agrícolas o partes de las mismas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, defensa y agricultura no residencial.
- Edificios aislados o partes de edificios con una superficie útil total inferior a 50 m².
- Edificios adquiridos para grandes reformas o demoliciones.
- Edificios o partes de edificios residenciales existentes, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o por un período limitado al año y cuyo consumo energético previsto sea inferior al 25% del que resultaría de su uso a lo largo del año, siempre que así lo acredite una declaración responsable del propietario de la vivienda.